
INCOTERMS.
Una de las herramientas con las que cuenta el operador del comercio internacional son los “Términos de Compra –Venta Internacional” (INCOTERMS) que la cámara de comercio dicta para que sean utilizados por los importadores o exportadores de toda actividad comercial.
En los contratos de Compra-Venta de Mercancías se establecen las condiciones que el comprador y el Vendedor deben de cumplir para llevar a cabo tanto el pago de los productos.
En el caso de comprador, se establece la forma en cómo se entregaran las mercancías. En el caso de vendedor los incoterms tiene la particularidad de auxiliar para un mayor y mejor entendimiento entre las partes, ya que con cada uno de estos términos se establece claramente cuáles serán las actividades que debe llevar a cabo el vendedor como el comprador.
La cámara de comercio Internacional público por primera vez en 1936 una serie de reglas para la interpretación de los términos comerciales con la finalidad de solucionar los problemas de interpretación. Estos INCOTERMS sufrieron enmiendas adicionales en los años de 1953, 1967, 1976,1980.
TIPOS DE INCOTERMS
Grupo E – Entrega directa a la salida
EXW
Ex Works→ ‘en fábrica (lugar convenido)’.
El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones: fábrica, almacén, etc. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos.

Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal
FCA
Free Carrier → ‘franco transportista (lugar convenido)’.
El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden ser los locales de un transitario, una ferroviaria. Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el país de origen.
El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Sin embargo, es un incoterm poco usado.

FAS
Free alongside ship
Free Alonside Ship → ‘franco al costado del buque (puerto de carga convenido)’.
El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. El incoterm FAS es propio de mercancías de carga a granel porque se depositan en terminales del puerto especializadas, las terminales de graneles, que están situadas en el muelle.
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación
El incoterm FAS sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.

FOB
Free on board
Free On Board → ‘franco a bordo (puerto de carga convenido)’
El vendedor entrega la mercancía colgada de la grúa que realiza la carga de la mercancía, cuando la carga ha sobrepasado la borda del buque en el puerto acordado. El vendedor contrata el transporte a través de un transitario o un consignatario, pero el coste del transporte lo asume el comprador.
El incoterm FOB es uno de los más usados en el comercio internacional. Se debe utilizar para carga general cuando no se transporta en contenedores.
El incoterm FOB se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo, fluvial o transporte aéreo.
Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal
CFR
Cost and freight
Cost and Freight → ‘coste y flete (puerto de destino convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía pasa la borda del buque, en el país de origen. Se debe utilizar para carga general, que no se transporta en contenedores; y en productos a granel
El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
CIF
Cost, insurance and freight
Cost, Insurance and Freight → ‘coste, seguro y flete (puerto de destino convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
Como en el incoterm anterior, CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía pasa la borda del buque, en el país de origen. El incoterm CIF es uno de los más usados en el comercio internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que marcan el valor en aduana de un producto que se importa. Se debe utilizar para carga general o convencional, pero no se debe utilizar cuando se transporta en contenedores.
El incoterm CIF sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
CPT
Carriage paid to
Carriage Paid To → ‘transporte pagado hasta (lugar de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos, como el transporte multimodal, aunque una parte del trayecto sea marítimo o fluvial.
CIP
Carriage and insurance paid
Carriage and Insurance Paid → ‘transporte y seguro pagados hasta (lugar de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos, como el transporte multimodal, aunque una parte del trayecto sea marítimo o fluvial.
Grupo D – Entrega directa en la llegada
DAF
Delivered at frontier
Delivered At Frontier → ‘entregada en frontera (lugar convenido)’.
El vendedor asume los costes hasta la entrega de la mercancía en el lugar convenido. Como vendedor y comprador comparten los gastos del transporte principal, suelen contratarlo a través de transportistas o transitarios.
El incoterm DAF se utiliza en mercancías que realizan largos trayectos y pasan por plataformas o puntos logísticos de consolidación, donde se transmiten los costes y se entrega la mercancía.
El incoterm DAF puede ser utilizado con cualquier modo de transporte, incluido el transporte marítimo o fluvial
DES
Delivered Ex Ship ‘entregada sobre buque (puerto de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro no es obligatorio, hasta que la mercancía se entrega en el puerto de destino barco atracado en el muelle y mercancías en la bodega del barco. Los riesgos también los asume hasta ese momento.
El incoterm DES sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
DEQ
Delivered Ex Quay ‘entregada en muelle (puerto de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro que no es obligatorio, hasta que la mercancía se coloca en el muelle del puerto de destino. También asume los riesgos hasta ese momento.
Se utiliza en el comercio internacional de graneles porque el punto de entrega coincide con las terminales de graneles de los puertos.
El incoterm DEQ sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
DDU
Delivered duty unpaid
Delivered Duty Unpaid → ‘entregada derechos no pagados (lugar de destino convenido)’
El vendedor se hace cargo de todos los costes y asume el riesgo hasta que la mercancía esté situada en el punto convenido del país de destino. El punto convenido puede ser cualquier punto en el país de destino: un aeropuerto, una terminal de contenedores, el almacén de un transitario.
El incoterm DDU se puede utilizar con cualquier modo de transporte, sobre todo en transporte combinado y multimodal.
Los gastos de aduanas de importación son asumidos por el comprador, ya sea por endoso o por alguna forma legal.

DDP
Delivered Duty Paid ‘entregada derechos pagados (lugar de destino convenido)’.
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor.
El incoterm DDP se puede utilizar con cualquier modo de transporte, sobre todo en transporte combinado y multimodal.